Vence el pago del IRP y recuerdan que se puede pagar fraccionado

Contadores siguen teniendo problemas para cargar formularios en el sistema de Marangatú, denuncian.

Contadores siguen teniendo problemas para cargar formularios en el sistema de Marangatú, denuncian.

Hoy inicia el vencimiento de pago del IRP y las presentaciones de las declaraciones juradas, según la terminación del RUC.
Sin embargo, el sistema Marangatú sigue generando dolor de cabeza en las últimas horas a los contadores.

La Lic. Mirian Adorno, contadora, contó el suplicio que deben pasar porque el sistema tiene intermitencias, volviendo muy lento el trabajo, sin poder cumplir a tiempo y generando multa de G. 50.000 en cada caso.

“Por dar un ejemplo, ahora de 10 clientes solo 3 IRP me permite alzar”, lamentó.

Si bien la SET estableció que hasta el 30 de junio de 2023 se podrá cargar el registro de comprobantes correspondientes a los períodos fiscales de enero a mayo de este año, el problema está en la carga de los formularios de declaración jurada que sí vence este mes.

Adorno manifestó que desde hoy, con el vencimiento de los pagos, el sistema probablemente tendrá mayores fallas, por lo que están esperando una solución de la SET.

Pago fraccionado del IRP

Ante el vencimiento en las fechas de pago del IRP, la contadora Jessica López explicó que existe la posibilidad de fraccionar este impuesto, pero para eso el monto mínimo a pagar debe ser G. 300.000 en adelante.

De acuerdo con la licenciada, para el fraccionamiento se debe hacer un pago mínimo del 10 % del monto a pagar y luego se abona en hasta 4 cuotas con un interés de 1,4 % mensuales.

“Mucha gente usa el pago fraccionado con tal de tener el certificado de cumplimiento tributario, de eso depende para acceder a créditos”, dijo López.

El monto a pagar

Es importante recordar que para ingresar al IRP, el contribuyente debe tener un ingreso total de G. 80.000.000 en el año, sin contar el seguro social.

Para calcular el monto que se debe pagar por el IRP, los prestadores de servicios o trabajadores en relación de dependencia deben tener una renta neta de hasta G. 50.000.000; en este caso se le aplica una tasa del 8%.

Si la renta supera los G. 50.000.000, pero es menor de G. 150.000.000, se aplica una tasa del 9%; y si la renta neta supera los G. 150.000.000 se aplica una tasa del 10%, explica la contadora Jéssica López.

La renta neta (la ganancia que queda) se saca a partir de las deducciones permitidas, las cuales pueden ser los gastos relacionados a la profesión: la adquisición de muebles, equipos, construcción o remodelación de la oficina.

También se pueden deducir los gastos a favor de familiares, ya sea la alimentación, vestimenta, alquiler, mantenimiento de la vivienda y adquisición de mobiliario, etc.

Contribuyentes

Según la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), en total hay 225.559 contribuyentes del IRP, de los cuáles 21.000 son nuevos inscriptos, en comparación al 2022.

Fechas de vencimiento

Estas son las fechas de vencimiento, teniendo en cuenta la terminación del RUC, pero sin incluir el código verificador (sería el número que va después del guión).

  • Terminación “0”: tendrán como fecha de vencimiento el 7 de marzo, es decir, hoy.
  • Terminación “1”: la fecha de vencimiento es el 9 de marzo.
  • Terminación “2”: le corresponde es el 11 de marzo.
  • Terminación “3”: vence el 13 de marzo.
  • Terminación “4”: será el día 15.
  • Terminación “5”: vencerá el día 17 de marzo.
  • Terminación 6: tiene por fecha el 19 de marzo.
  • Terminación 7: vence el 21 de marzo.
  • Terminación 8: vence el 23 de marzo.
  • Terminación 9: tiene por fecha el 25 de marzo.

Si cae en un fin de semana, se traslada a un día hábil. La multa es de G. 50.000 para los que no pagan en la fecha.

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