Es importante que utilices la máquina de votación con un ensayo previo. FOTO TSJE.

Elecciones generales: Siete respuestas a preguntas de electores

¿Qué pasa si me demoro más de tres minutos? ¿La multa por no votar llegará a Judiciales? Son algunas dudas.

¿Qué pasa si me demoro más de tres minutos? ¿La multa por no votar llegará a Judiciales? Son algunas dudas.

Por Tatiana Moreno

Este domingo  se realizarán las elecciones generales,  pero todavía hay muchas preguntas y  dudas sueltas por ahí.

Día a Día consultó con Hugo Cazal, coordinador de Recursos Electorales del Tribunal de Justicia Electoral (TSJE), quien respondió a algunas inquietudes que todavía no están muy claras a la hora de ir a sufragar. Fijate cuáles son:

¿Qué pasa si me demoro más de tres minutos al votar?

El presidente ordena que el elector culmine el procedimiento de votación. En el artículo 211 del Código Electoral, establece que una persona no puede demorarse más de 3 minutos para votar.

Si la persona no votó en ese transcurso, el presidente va  a hacer la verificación de por qué el elector está tardando tanto.

Entonces, si no culminó el proceso de votación, se le envía a una máquina de capacitación y luego vuelve a su lugar para votar.

¿Qué hago si voté mal?

La máquina  da la opción de modificar, inclusive hay un pequeño cuadrito en la parte inferior del lado izquierdo de la máquina, que dice “volver atrás”.

Cuando el elector selecciona las candidaturas, la máquina le hace un resumen de lo que eligió para que verifique y modifique si quiere.

¿Qué pasa si un adulto mayor no logra entender cómo usar la máquina?

La Ley 834, en su Artículo 217,  establece que solo personas por impedimento físico que no puede marcar al candidato de su preferencia, podrán valerse de otras personas para poder hacer la elección.

Pero cuando se dan casos especiales, donde el adulto mayor no está familiarizado con la máquina, la decisión de si puede entrar acompañado o no recae en los miembros de mesa.

¿Se puede acudir con niños y mascotas?

No hay impedimento para eso. De hecho que el artículo 207 le da preferencia a las mujeres con hijos pequeños, embarazadas  y también  mujeres con periodo de lactancia.

¿Se puede votar con cédula vencida o fotocopia?

Con cédula vencida sí, pero no con fotocopia. Está establecido en la ley.

¿Se puede acudir con niños y mascotas?

No hay impedimento para eso. De hecho que el artículo 207 le da preferencia a las mujeres con hijos pequeños, embarazadas, o mujeres con periodo de lactancia. El presidente de mesa si ve a una persona en estas condiciones, ordena  que ese elector pase a votar sin formar la fila.

¿Cómo se aplicará la multa a los que no votan?

Ayer, el TSJE aprobó el reglamento para los que no votan.

Tras realizarse la elección, la Dirección General del Registro Electoral elaborará la lista de los que no votaron. Estas listas serán remitidas a fiscales electorales.

El agente fiscal electoral solicitará al juez electoral la aplicación de la sanción de G. 98.000.

El juez ordenará la publicación de las listas en la página web de la Justicia Electoral y en cada oficina del Registro Electoral.

Aquí se publicará también el lugar donde se pueden presentar los justificativos  en caso de estar entre los eximidos.

En el transcurso de tres meses, el elector deberá pagar la  multa; si no lo  hace, el procurador de la República podrá promover el procedimiento de sentencia, de acuerdo al Código Procesal Civil.

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