Elecciones Generales

Elecciones Generales: infractores podrían pagar hasta G. 30 millones

El Código Electoral deja por sentado los delitos y las penas, que van desde altas multas hasta cárcel.

El Código Electoral deja por sentado los delitos y las penas, que van desde altas multas hasta cárcel.

Por Lourdes Cano

En las elecciones generales del 30 de abril, la corrupción, el intento de sabotaje y los disturbios en los locales de votación son penados con multa o cárcel.

La jueza electoral de Capital, Fabiana Marín, señaló cuáles son los delitos más comunes y qué consecuencias tienen, según el Código Electoral.

  1.  Voto doble. Quien en una misma elección votara más de una vez, ya sea en la misma mesa, en otras o en distritos electorales diferentes, sufrirá una pena de uno a tres años de cárcel más una multa de doscientos jornales mínimos (G. 19.617.800).
  2. Reuniones. Los que se reúnan a menos de doscientos metros de distancia de los locales de votación, ejerciendo sobre los electores presiones o haciéndolos blanco de ofensas, serán castigados con la pena de un mes a seis meses de penitenciaría, más una multa de cien jornales mínimos (G. 9.808.900).
  3.  Inscripción falsa. Inscribirse en el Registro Cívico Permanente fraudulentamente sufrirá una pena de uno a tres años de cárcel más una multa de doscientos jornales (G. 19.617.800).
  4. Venta de alcohol. Los comerciantes que vendieren bebidas alcohólicas desde doce horas antes del inicio del acto eleccionario y en el día de las elecciones recibirán una multa de cincuenta a doscientos jornales mínimos (G. 4.904.450 a G. 19.617.800).
  5.  Compra o inducción al voto. Sobornar, inducir o coaccionar al elector son delitos electorales. Quien compra y quien vende los votos pueden ser castigados con multa de 300 jornales (unos G. 30.000.000) o cárcel de 2 hasta 5 años.
  6. Sabotaje. Las personas que impidieran o estorbaran el cumplimiento del trabajo de los agentes encargados de la conducción de actas, pliegos o cualquier otro documento de las autoridades electorales se expone de uno a tres años de cárcel más una multa de doscientos jornales (G. 19.617.800).

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Policías y militares en Elecciones Generales

Los uniformados en servicio también pueden ser acusados de delitos electorales.
Si desobedecen las órdenes de los presidentes de mesas serán castigados con un mes a seis meses de cárcel más una multa de cien jornales mínimos (G. 9.808.900). Así también, hablar u opinar sobre asuntos político-partidarios tiene una pena de seis meses a un año de penitenciaría.