Tendrán que volver a presentar el pedido para que el impuesto sea prescrito, lo cual no es automático.

¿Se puede perder inmueble por impuesto de año prescrito?

Aportantes reciben notificaciones. Asunción registra una morosidad del 55 %.

Aportantes reciben notificaciones. Asunción registra una morosidad del 55 %.

Por José Oviedo Bareiro

La experta en tributación, Nora Ruoti, alertó que contribuyentes de Asunción pueden perder sus propiedades luego de un cambio administrativo.

Comentó que, en algunos casos, hasta el 31 de agosto les figuraba un monto en sus informes de cuenta de impuesto inmobiliario y tasas especiales.

Luego, el monto escaló porque les sumaron importes de años prescritos del 2015, 2016 y 2017. “Con el sistema anterior ya se habían dado de baja”, comentó.

Según la ley, luego de cinco años, los impuestos municipales prescriben, pero previamente hay que presentar solicitud.

Prescribir significa dejar de ser aplicable. Es la extinción del derecho de la administración pública para determinar, exigir, solicitar u obtener una deuda tributaria.

Ruoti comentó que sus representados recibieron una notificación que informa que se va a proceder al cobro judicial. “Es como si fuera que el contribuyente haya firmado un pagaré”, manifestó.

Sostuvo que tendrán que volver a presentar la solicitud de prescripción por algo que ya estaba de una manera. “Es decir, no hay una comunicación interna del Departamento de Cobranzas y Recaudaciones”, dijo.

Derecho a defensa

Ruoti aconsejó a los contribuyentes a actualizar sus domicilios y correos electrónicos para recibir las notificaciones, porque pueden rematar sus bienes sin que se enteren.

Por eso pidió la creación de una Defensoría del Contribuyente y que se reglamente la Ley de Procedimientos Administrativos, del 2021.

“No podemos estar revisando todos los días si vino o no algo a nuestro correo, o que entre a correo no deseado y resulta que uno perdió el plazo porque no miró el correo. Eso no dice la Constitución”, dijo.

La tributarista pidió, además, que ante las notificaciones, los contribuyentes tengan derecho a defenderse.

“Todos tenemos derecho a que no se nos niegue el derecho a la justicia y eso está pasando. Se nos niega el derecho a discutir en un sumario”, expuso.

La misma situación se da en la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios, que fusionó la SET y Aduanas. Sin sumarios, los contribuyentes no pueden discutir si la liquidación está bien o mal.

Alta morosidad

Agustina Román, directora de Recaudaciones de Asunción, expresó que cada caso es particular. Sostuvo que la prescripción no es automática y que hay que hacer un trámite para saber si uno puntúa para ello.

“Como municipios tenemos que notificar la deuda morosa o atrasada, avisando al contribuyente que tiene una deuda y tiene que regularizar”, dijo.

Comentó que la morosidad en Asunción es del 55 % y que ofrecen facilidades de pago como períodos de exoneración de mora y planes de pago fraccionado.

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