Los hijos y la cónyuge no deben estar excluídos de la herencia. Foto Ilustrativa.

Herencia: ¿Se puede exluir a hijos y cónyuge del testamento?

En el país no está establecido dejar como único heredero a la mascota u otra persona, que no sea del entorno familiar.

En el país no está establecido dejar como único heredero a la mascota u otra persona, que no sea del entorno familiar.

El Código Civil Paraguayo establece “La Legítima” como un derecho de sucesión protegido por ley en el marco de la herencia y, en este caso, se establece que el 80% de los bienes de los padres deben ir destinados a los herederos “forzosos”. Estos son los hijos y el o la cónyuge.

En este sentido, el abogado penalista, Cheng Kuo, explicó a Día a Día, que si una persona desea dejar un testamento, no puede excluir a los hijos ni a su pareja del mismo.

“Si esta persona desea destinar a otras personas que no sean los herederos forzosos, puede disponer solo en hasta un 20% de sus bienes totales”, explicó.

En este sentido, explicó que cuando se trata de bienes gananciales, los hijos reciben el 50% de la herencia y él o la  cónyuge el otro 50.

“Las porciones que llevan los hijos deben ser equitativas, iguales, si hay tres hijos, un tercio, si hay cuatro hijos, un cuarto”, detalló.

Mientras que la cuestión cambia cuando los bienes son propios.

“Allí la cónyuge viene a ser un hijo más, porque se reparte en partes iguales también con los hijos”, explicó el experto.

 Los padres

El jurista dijo que en caso de que no haya cónyuge ni hijos, entonces heredan los ascendientes (los padres);  y en caso de que ya no estén los padres, entonces los hermanos son los que recibirán la herencia.

Además, sostuvo que todos los hijos, tanto matrimoniales como extramatrimoniales, tienen los mismos derechos.

Con estos principios, en el país no se puede dejar como única heredera a una mascota a una persona fuera del círculo familiar.

Se debe respetar primero los  lazos de sangre en las herencias.

Lo que cuesta

Mencionó además que el costo base por sucesión en principio está entre los 8 y 10 millones de guaraníes, para que el abogado pueda iniciar las diligencias y realizar todo el procedimiento.

El monto puede variar de acuerdo a cada caso.

Ya luego, cuando sale la sentencia, se cobra un porcentaje sobre el valor de cada bien.

La sucesión se realiza sí o sí con o sin testamento, según explicó el letrado.

Igualmente, cuando ya hay testamento, el proceso es más rápido si todos están de acuerdo.

Tipo de  bienes

Bienes gananciales: los que fueron adquiridos durante el matrimonio.

Bienes propios:  los que  pertenecen a cada pareja. Generalmente se da cuando se casaron con bienes separados.